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20 años de la CEDH ¿A dónde va?

El veinte aniversario de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) pasó desapercibido ante el proceso de relevo de su Titular y Consejo. El que así sea revela que el modelo institucional del organismo no ha terminado de superar uno de sus principales límites: ser una institución dependiente de una figura unipersonal encarnada en su Titular a quien se identifica con el nombre mismo del modelo: “Ombudsman”.

¿Es el Ombudsman un modelo institucional o una figura personificada en un individuo? en nuestro país, al menos, se mantiene una simbiótica identificación entre ambos que ha terminado por constituirse en la principal debilidad que ha vulnerado a la institución. Nos es asunto solo del diseño institucional, cierto, sino resultado de una cultura institucional que conserva compromisos que ligan a la institución con las formas del autoritarismo político en México.

Toda vez que el modelo depende de la persona que ostenta la titularidad, y dado que tal persona solo puede llegar a ella mediante el nombramiento de un órgano político-partidista como son los Congresos, los nombramientos suelen recaer en personas alineadas a las mayorías políticas que dominen los Congresos y, en general, las relaciones de poder que hegemonizan en el momento determinado cuando la Ley establece el periodo legal para el relevo en la institución. Ello termina, como sucede ya en muchos casos, por subordinar la institución al poder contraviniendo su naturaleza y pervirtiéndole.

Es la conclusión a la que hemos llegado analistas y académicos dedicados al estudio de los Organismos Públicos Autónomos de Derechos Humanos (OPADH) y existe suficiente material elaborado por diversas fuentes: Fundar, ITAM, UNAM, Academia Mexicana de Derechos Humanos, Vigía Ciudadano del Ombudsman, entre otros.

Utilizo las categorías de “modelo Ombudsman” contrapuesta a la de “figura Ombudsman” para diferencias, dos arquetipos institucionales con culturas organizacionales y prácticas específicas.

Un dato empírico de la tesis planteada recién ocurrió cuando el individuo que personifica al Ombudsman al retirarse del encargo, en un arranque de su personalísimo carácter, fue capaz de cerrar oficinas de la institución como lo hizo, sin más, José Ángel Morán Portales.

¿Se puede evolucionar hacia un “modelo institucional” apartándose de la “figura personal”? Sí, como lo demuestra la experiencia internacional. Ahora, para el caso de nuestra entidad, se tiene la ventaja de contar con un marco jurídico suficientemente adecuado para ello.

En septiembre del 2009, la Ley de la CEDH sufrió una serie de modificaciones orientadas a apartarse de la “figura” Ombudsman y fortalecer el “modelo”. El periplo recorrido por la reforma incluyó la abierta oposición del propio ex Titular de la CEDH, Morán Portales, con escasos meses de haber llegado al cargo, que veía en ellas obstáculos para una conducción personalísima y discrecional de la institución. Como no pudo evitar las reformas, durante su periodo se dedicó a desestimar y obstaculizarlas de diversas formas: no expedir el Reglamento Interior al que le obligaba la Ley, no implementar el Servicio Profesional y, particularmente, someter, minusvalorar y obstaculizar las labores del Consejo con quien mantuvo una relación de desencuentro permanente que terminó por desgastarle. Ni qué decir de los pobres resultados y el bajo perfil de su gestión, sino hasta el silencio cómplice, durante el periodo de la más grave crisis de inseguridad y violencia vivida en la entidad y sus efectos en los derechos humanos.

¿Querrá el nuevo Titular avanzar en el sentido aquí planteado como “modelo Ombudsman”? Lo dudo. Primero por haber sido designado como lo fue y que abordé en mi anterior colaboración. Y, segundo, porque su única experiencia en la materia es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que es el paradigma del Ombudsman como figura y no como modelo. Desde luego que una institución Ombudsman afincada en la “figura” conforma una estructura y cultura organizacional bien determinada caracterizada, entre otros elementos, por un tratamiento jurídico-formalista-procesual de los derechos humanos, altamente burocratizada y un verticalismo que desincentiva prácticas alternativas, novedosa y creativas en beneficio de las víctimas y de la vigencia de los derechos humanos, en general, y que tiende, por una parte, a trastocar a las víctimas en “expedientes” y a los “derechos humanos” en un concepto meramente jurídico y formalista, antes que en un horizonte ético de transformación y emancipación.

Dejo en claro que me refiero a prácticas institucionales y no a la calidad humana o laboral de las personas que ahí trabajan, incluyendo la Presidencia. Sé que al interior de la CEDH potosina, laboran muchas buenas y responsables personas esforzándose por hacer lo mejor que pueden dentro de las prácticas institucionales en que están inmersas.

Lo previsible es que Vega Arroyo reproduzca la estructura y cultura organizacional así como las prácticas institucionales que ha experimentado durante diez años en la CNDH, único horizonte que posee en materia de derechos humanos. Ojalá me equivoque. Al tiempo.

Hay quien estima pertinente acudir al argumento del “beneficio de la duda”. No lo comparto porque la CEDH no es una institución novel ni incipiente, ya acumula veinte años. Tampoco lo es Vega Arroyo con diez años en la CNDH, dentro de los límites ya señalados. Y porque, finalmente, es un argumento benevolente apropiado para relaciones al interior de grupos primarios o de referencia, e impropio para instituciones que conforman la estructura de un Estado formalmente democrático y que deben ser sometidas a una permanente fiscalización ciudadana y rendición de cuentas, atribuciones que , por cierto, competen al Consejo recién nombrado, aunque no solo.

Lo que requiere la nueva administración de la CEDH no es el beneficio de la duda, sino la vigilancia crítica fundada en razones y argumentos.

Finalizo citando una de las conclusiones del sugerente título “Los Organismos Públicos de Derechos Humanos en México. Nuevas instituciones, viejas prácticas”: Mientras los funcionarios [de los OPADH] mantengan compromisos y una cultura institucional que los ligue a las viejas formas del autoritarismo en México, los cambios en el diseño institucional difícilmente redundarán en mejores prácticas (Fundar, 2009).


(Artículo publicado en La Jornada San Luis y Revista Transición)


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