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El arranque de las candidaturas independientes en SLP

as candidaturas independientes, elemento central de la reforma electoral, inician su trayecto en nuestra entidad. Esta figura junto con otros mecanismos de democracia directa como el plebiscito, la consulta popular, la iniciativa ciudadana, la reelección y la revocación de mandato, son algunas de las demandas políticas impulsadas por sectores ciudadanos interesados en una reforma que modifique el sistema político caracterizado por el secuestro de la representación ciudadana a manos de una reducida, voraz y mezquina camarilla que conduce a los distintos partidos políticos: la partidocracia.

Mucho se resistió el sistema político-partidista del país a tales candidaturas. Hasta una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la 12.535 del caso de Jorge Castañeda Gutman, debió emitirse. Ante la inocultable crisis de representatividad y credibilidad que tienen los partidos políticos –que siempre ocupan los sótanos de las instituciones menos confiables para la ciudadanía–, al final le resultó imposible oponerse a tales candidaturas. Pero no cedieron fácilmente, por lo que establecieron una serie de requisitos legales que las dificultan.

Su regulación varía en cada entidad. Respecto del porcentaje de respaldo ciudadano que debe obtenerse para obtener el registro y contender en la elección, éste va desde el 0.25% en Chiapas hasta el 4% en Baja California para gobernador, del 2 al 6 por ciento para diputados, y desde el 2 hasta el 20 por ciento de la lista nominal de electores para ayuntamientos, éste último en el caso de Nuevo León. Hay también distintos plazos y procedimientos para registro y para obtener el respaldo ciudadano y, fundamentalmente, respecto de su financiamiento.

Además de las propias leyes electorales, los distintos órganos públicos locales electorales (OPLE) han reglamentado y establecido lineamientos para los procedimientos a seguir. La tendencia ha sido, más bien, restrictiva.

Aquí en San Luis Potosí, por ejemplo, el 12 de septiembre el anterior consejo del Ceepac aprobó unos lineamientos que estrechaban innecesariamente los plazos para recibir la documentación requerida para el registro de aspirantes, y para emitir los acuerdos definitivos para dictaminarlos.

Establecía que al término del periodo de registro, el pasado sábado 15 de noviembre, el organismo solo dispondría de un lapso de 24 horas para verificar, notificar y hasta apercibir a los y las aspirantes a las candidaturas independientes a que subsanaran alguna de las omisiones respecto de los requisitos, otorgándoles a éstos solo 24 horas más para hacerlo, pues de lo contrario su solicitud sería de plano rechazada inmediatamente. Ello a pesar de que, para el caso de aspirantes a candidatos independientes a Gobernador, aún faltarían quince días y hasta más de un mes para diputados y presidencias municipales, para dar inicio al plazo legal para la obtención del respaldo ciudadano.

El punto radica en que ningún aspirante a candidato o candidata independiente podía haber dado inicio al cumplimiento de un requisito fundamental establecido por la ley para su registro, la creación de una Asociación Civil (AC), sino hasta después del pasado 24 de septiembre –unos días antes de que terminara labores el anterior Consejo del Ceepac– cuando se aprobó el Formato Único de Estatutos para la Constitución de la Asociación Civilsegún establece la ley.

Pero el problema no sólo era de tiempo sino, fundamentalmente, de que tales Estatutos contravenían disposiciones que el Código Civil establece para la naturaleza y creación de una AC, por lo que algunos de los aspirantes tuvieron dificultades tanto para constituirla ante notario así como para, luego, obtener del Servicio de Administración Tributaria el Registro Federal de Contribuyentes requerido para cumplir con otro de los requisitos establecidos en la ley electoral: obtener y presentar al momento de su registro los datos de una cuenta bancaria de la AC. Cuando en el transcurso de los procedimientos se fueron topando con tales obstáculos, prácticamente estaba encima el periodo de registro del 10 al 15 de noviembre.

Así que con el tiempo en contra, porque tales procedimientos llevan su tiempo, así como por la imposibilidad misma de hacerlos por ser las disposiciones de los acuerdos del anterior Consejo del Ceepac contrarias a disposiciones legales respecto de la naturaleza y creación de una AC, las candidaturas independientes en nuestra entidad estaban a punto de naufragar sin haber salido siquiera del puerto.

Modificaciones a los estatutos, lineamientos y convocatoria, realizadas los días 31 de octubre y 14 de noviembre por el actual Consejo del Ceepac, nombrado en octubre, revirtieron el naufragio previsible para ésta, la apenas, inicial etapa de las candidaturas independientes. Así, sin contravenir lo dispuesto en la Ley Electoral, se adecuaron los estatutos de la AC a los requerimientos del Código Civil, se ampliaron los plazos para la entrega de la documentación requerida para acercarlos a las fechas pertinentes de la siguiente etapa que es la obtención del respaldo ciudadano, así como los plazos para que el Ceepac verifique, notifique y aperciba a los y las aspirantes a subsanar algunas de las omisiones de su registro, ocasionadas en buena medida por las disposiciones emitidas por el propio organismo electoral en los días previos a la llegada sus actuales integrantes.

De haber prevalecido las disposiciones anteriores, de las diecinueve solicitudes de aspirantes a obtener registro como candidatos y candidatas independientes que se inscribieron, para este miércoles 19 de noviembre, diecisiete habrían sido desechadas, y no por desidia de quienes las impulsan, sino por la imposibilidad material de cumplir con algunos de los requisitos solicitados por la ley ante lo estrecho de los plazos establecidos tanto por los lineamientos del anterior Consejo del Ceepac, así como por no haber siquiera homologado los requerimientos para conformar una AC con los que el Código Civil establece para ello.

A pesar de las modificaciones y la flexibilización efectuadas no todos y todas las aspirantes a ser candidatos independientes llegarán a serlo. Aunque se ampliaron los plazos para cubrir los requisitos de la inscripción, puede ser que algunos no lo logren, por lo que no podrán siquiera obtener su registro como “aspirantes” y participar así en la siguiente etapa de obtención del respaldo ciudadano requerido y que será el que les permita participar efectivamente en la contienda contra los partidos políticos.

La embarcación de las candidaturas independientes apenas si inicia su navegación. Pudo revertirse su naufragio sin haber salido siquiera del puerto, cierto, pero otros escollos legales deben sortear. Llevar a poco más de 36,000 ciudadanos y ciudadanas a las distintas oficinas del Ceepac a manifestar personalmente su apoyo por cada uno de los aspirantes a ser candidatos independientes a gobernador; alrededor de 3,000 por cada uno de los seis que desean serlo como diputados; poco más de 11,000 por cada uno de los cinco que aspiran a la Presidencia Municipal de la capital del Estado; 400 cada uno de los tres aspirantes a la alcaldía de Salinas; 300 para la presidencia municipal de Cárdenas; 450 para la de Axtla, y; 600 la de Ébano. Tales cifran corresponden, en números redondos, al 2% de la Lista Nominal de Electores de los respectivos territorios involucrados en sus aspiraciones.

Luego, de obtener tales respaldos, en un periodo que termina el 29 de enero, se determinará quienes de ellos y ellos contendrán, finalmente, en la elección.

(Artículo publicado en La Jornada San Luis y Revista Transición)


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