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Dicen que no, pero sí: la contra reforma en derechos humanos

De a poco, de forma sigilosa y solapada, fiel a sus estilos, a sus formas y sus fondos, el neo priísmo oficialista maquina una contra reforma en materia de derechos humanos. Dicen que no, pero sí.

Como es sabido, en los primeros días de enero se publicó en la gaceta parlamentaria una propuesta de reforma al párrafo segundo del Artículo 1º Constitucional, promovida por el diputado Francisco Arroyo Vieyra del PRI, también presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y quien supliera a Jesús Murillo Karam que la dejó vacante para ocupar la PGR.

El Artículo 1º Constitucional condensa la aclamada reforma constitucional en materia de derechos humanos que es, sin duda, la más importante y sustancial reforma reciente en nuestro país y que vino a poner al día a una Constitución añeja, anquilosada y maltratada. Quienes participamos e impulsamos el movimiento de los derechos humanos saludamos la reforma ocurrida en junio del 2011, resultado de una larga lucha ciudadana de vieja data, debido a su enorme trascendencia.

La historia reciente de la reforma es larga. Desde diciembre del 2000 el gobierno mexicano firmó un Acuerdo de Cooperación Técnica con la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos que dio lugar al "Diagnóstico sobre la situación de derechos humanos en México", dado a conocer en diciembre del 2003, en él se recomendaba ya la impostergable reforma constitucional en derechos humanos ante el anacronismo jurídico en el que ésta descansaba. La administración de Fox le dio largas al asunto y terminó actuando unilateralmente sin considerar las propuestas de la ONU, menos aún las de las organizaciones ciudadanas que conforman el movimiento a favor de los derechos humanos. No fue tampoco prioridad de Calderón, empeñado ante todo en su sangrienta guerra de legitimación. Fue ante el aumento de las cada vez más notorias violaciones a los derechos humanos en el marco de la vorágine de violencia desatada por la estrategia calderonista que el tema, finalmente, se abrió paso.

Pero ahora, se quiere dar marcha atrás con la iniciativa en mención, la cual pretende mediante la inserción de una cláusula otorgar primacía a la Constitución sobre los tratados internacionales en caso de contradicción, dizque para “garantizar la seguridad jurídica” y evitar el riesgo de “interpretaciones no armonizadas y sin una orientación adecuada para la generación de precedentes”.

El movimiento ciudadano a favor de los derechos humanos en el país, a través de numerosas organizaciones, activistas y académicos ha suscrito un pronunciamiento rechazando la pretendida propuesta de reforma por ser incompatible con la Reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada el 10 de junio de 2011 y constituir una “medida regresiva”. Destacan que la Reforma del 2011 consagró el carácter garantista de la Constitución federal, al otorgar rango constitucional a las normas de derechos humanos contenidas en tratados internacionales e incluir como norma jurídica el principio de interpretación pro personae, resaltando que experiencias de otros países que han avanzado en la garantía de los derechos humanos mediante preceptos similares demuestran que, lejos de colapsar su sistema jurídico como alega la iniciativa de contra reforma presentada, la vigencia de los derechos humanos ha sido fortalecida.

El planteamiento de la contra reforma respecto del supuesto “riesgo” en la redacción del Artículo 1º reformado, que actuaría en perjuicio del principio de seguridad jurídica, es falso, ya que dicha cuestión fue solucionada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su resolución correspondiente al Expediente Varios 912/2010, mejor conocido como “caso Radilla”, en la que se establece que los jueces podrán aplicar normas tanto nacionales como internacionales, prefiriendo la que procure una protección más amplia del derecho que se pretende proteger, “lo cual tendrá que valorarse caso por caso a fin de garantizar siempre la mayor protección de los derechos humanos”.

El pronunciamiento también señala que, “contrario a lo que se afirma en la iniciativa en comento, puede afirmarse que el principio de supremacía constitucional sigue prevaleciendo aún con la Reforma al Artículo 1º Constitucional, ya que la Constitución sigue estableciendo las condiciones bajo las cuales una norma internacional de derechos humanos queda incorporada al orden jurídico nacional. Esto se desprende de una lectura de los artículos 133 y 76 de la Constitución, con los cuales se sigue garantizando la preponderancia constitucional en el derecho mexicano”.

“La cabra siempre tira al monte”, dice un refrán popular que retrata así la incapacidad de modificar conductas recurrentes, que de tanto se han vuelto hábitos. Y a pesar de que el propio Arroyo Vieyra, ante la crítica de un grupo amplio de organizaciones de la sociedad civil, defensores y defensoras de derechos humanos y miembros de la academia declaró públicamente en una entrevista radiofónica que no impulsaría más su iniciativa presentada, se sabe de la intención por parte de algunos diputados de retomar e impulsar tal iniciativa. Dicen que no, pero sí.

(Artículo publicado en La Jornada San Luis y Revista Transición)


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