De la opaca transparencia
En mi anterior colaboración concluía afirmando que los solicitantes de información pública estamos enfrentando procedimientos burocráticos y tácticas dilatorias que contravienen el objeto de la propia ley de transparencia: acceder a la información.
Hasta el momento he presentado un total de veinte solicitudes de información en base a la Ley de Transparencia Administrativa y Acceso a la Información Pública del Estado: dos de ellas al Ayuntamiento de la capital, y el resto a distintas dependencias del gobierno estatal. Aparte he presentado un recurso de revisión ante la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información (CEGAI).
A lo largo de ese periplo, que se extiende desde enero a la fecha, me he enfrentado a una serie de situaciones y de aspectos relativos al tema que me gustaría resaltar a efectos de reflexionar sobre la eficacia de la ley para el logro de su objetivo: garantizar el acceso a la información.
Distinguiré una primera etapa caracterizada por la más absoluta ignorancia de la ley por parte de los responsables de las distintas instancias gubernamentales, amparados además en la falta de integración de la CEGAI y en la confusión respecto de la vigencia o no de la ley con anterioridad al 20 de marzo.
En la fecha anterior, plazo establecido por la ley para proporcionar obligatoriamente una serie de informaciones de oficio, comenzaron a instalarse, con disparidad e información incompleta, módulos en las distintas dependencias y adosaron la responsabilidad de tal actividad, así como la recepción de solicitudes, a personal que tenía con anterioridad otras responsabilidades distintas, con lo cual aumentó su carga de trabajo.
De entonces a la fecha, la situación cambio hacia un patrón en el que distingo dos vertientes: la disparidad de criterios utilizados para aplicar e interpretar la ley, y la estrategia del "como hacerle para no hacerlo".
Así, por ejemplo, hay disparidad en los criterios para interpretar si se cumplen los requisitos que debe acreditar el solicitante. Mientras que para algunas instancias basta con presentar una copia de la credencial de elector del solicitante, la Secretaria Particular de Gobierno del Estado porfía en solicitar copia certificada ante notario de tal identificación, en atención a una serie de jurisprudencias que nada tienen que ver con el tema. La discrecionalidad para clasificar como reservada cierto tipo de información, es al gusto de cada cual, y son un mal augurio las recientes resoluciones de la CEGAI que fueron dadas a conocer la semana pasada.
La estrategia del "como hacerle para no hacerlo", es más compleja y creativa. Atraviesa por lo que llamaré el ping.pong de la transparencia, así como por estrategias de dilación disfrazadas de solicitudes de aclaración al solicitante y culmina, en su extremo, en otorgar información falsa.
El ping-pong de la tranparencia consiste en que una dependencia contesta que no puede proporcionar determinada información por no ser de su ámbito, por lo cual deberá ser solicitada a otra dependencia que indica, para que luego la otra conteste lo mismo y te remita de nuevo con la anterior. Así me ha pasado con la Secretaría de Finanzas, Oficialía Mayor y la Secretaría de Desarrollo Social y Regional. Sin Semana Santa de por medio el solicitante deambula como nazareno de Herodes a Pilatos, con todo y lavado de manos de éste último.
Las estrategias de dilación son variadas, pero la más socorrida de todas es solicitar una aclaración en la que se identifique de manera "clara y precisa" los datos que se requieren. De esta manera se traspasa la obligación al solicitante de conocer con antelación lo que, por desconocer, solicita conocer. La intención, amparada en una de tantas pifias de la ley, parece encaminada a que el solicitante desista ante la dificultad, el cansancio y la brevedad de los plazos para responder. En general las estrategias de dilación son subterfugios permitidos por lagunas e imprecisiones que abundan en la misma ley. Pareciera que el estudio de la ley, por parte de las distintas dependencias, se centra en la detección de sus lagunas procedimentales y jurídicas, con la finalidad de tener los elementos suficientes para convertir la ley en una herramienta para su propio incumplimiento.
Otorgar información falsa es una medida extrema pero ocurre. Dos veces me ha sucedido, una con el Ayuntamiento y otra con la Secretaría de Planeación del Desarrollo.
De manera preliminar, y ha reserva de continuar con el tema en próximas colaboraciones, puedo afirmar que contamos con una ley muy poco favorable al usuario y una actitud gubernamental anclada en la sospecha hacia el usuario, la obstaculización y el escaso compromiso con el objeto de la ley, agravado por la inexistencia durante 15 meses de la CEGAI,
Es grave también el hecho de que el anteproyecto para modificar o suplir la actual Ley ha quedado estancado en el Congreso del Estado por intereses que nada tienen que ver con la transparencia y la rendición de cuentas.
(Artículo publicado en La Jornada San Luis)