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Policías armados, peligro ciudadano

El pasado 19 de diciembre, un joven de aproximadamente 25 años fue asesinado de un balazo en la espalda, los hechos ocurrieron en la antigua carretera a Soledad de Graciano Sánchez, a unos 150 metros del puente sobre el bulevar Río Santiago. Al día siguiente la prensa, al dar la noticia, inscribía el hecho dentro de una “ola de violencia (que) sacude a esta ciudad capital”, y la columna “Clave Roja” de PULSO manifestaba que: “La policía se encuentra totalmente desconcertada”.


Resultó que el asesino fue el policía municipal de Soledad, Mario Jalomo Rodríguez, quien se entregó voluntariamente y confesó su delito.


La nota aparecida en PULSO el día 21 de diciembre, describe los sucesos así: “Realizaban (los policías) un rondín de vigilancia, cuando repentinamente vieron un joven que salía corriendo, por lo que se les hizo sospechoso y decidieron tratar de interceptarlo para pedirle una explicación del por qué corría. Sin embargo, le gritaron al sujeto que se detuviera y éste hizo caso omiso, por lo que bajaron del carro patrulla y se dieron ·a la tarea de perseguirlo. Al ver que el sospechoso no se detenía, decidió realizar un disparo al aire, pero el joven ignoró el disparo, luego realizó otro, tratando de amedrentarlo, sin conseguir su objetivo. Fue entonces cuando (el policía) decidió dispararle, con la intención de que el proyectil le pasara cerca de los pies. Cuando (los policías) lo examinaron, determinaron que ya había dejado de existir, por lo que le pidió de favor a los otros dos policías que lo dejaran ir a avisar a su familia, para luego acudir a entregarse. El ahora presunto homicida estableció que en 'ningún momento tuvo la intención de dar muerte al joven, ya que creían que el sujeto había cometido un delito y pretendía darse a la fuga, y como no se detuvo, decidió disparar”.


La nota refleja fielmente la mentalidad que predomina en los cuerpos policíacos, tanto en los niveles inferiores como en los superiores. Los policías, a su personal criterio, deciden que un ciudadano cualquiera es “sospechoso” de cometer un delito.


Una vez clasificado el ciudadano como “sospechoso”, los policías se consideran a sí mismos autorizados para “pedirle una explicación”.


Si el ciudadano no hace caso de las indicaciones del policía, como sucedió en este caso, eso refuerza su condición de “sospechoso”, y ahora -ya sin duda alguna- el policía se considera autorizado para utilizar su arma para amedrentarlo y así conseguir su objetivo: Detenerlo, por “sospechoso”.


Por otro lado, la conducta seguida por el ahora occiso al huir de los policías que le perseguían amenazantes, es plenamente comprensible, debido a la nefasta imagen que los cuerpos policíacos se han ganado, y de la que sólo ellos son responsables.


No pretendo aquí, ensañarme con el policía involucrado, ni convertirlo en la anti-imagen policíaca.


Hay que reconocerle el valor civil de entregarse, cuando bien pudo haberse dado a la fuga, lo cual -por otra parte- no lo exonera de la responsabilidad penal por el homicidio.


De cierta forma él también es una víctima. Víctima de no haber sido capacitado para ser guardián del ejercen público, ni en el uso de las armas de fuego.


Pero al hablar de capacitación, no me refiero a tener puntería, sino a saber bajo qué circunstancias puede detenerse a un ciudadano, y bajo cuáles debe hacerse uso de las armas de fuego.


Entregar un arma a un policía sin tal capacitación, le convierte en un peligro potencial, no sólo para los ciudadanos, sino para él mismo y sus compañeros de trabajo.


La nula capacitación policíaca, de la que son responsables las autoridades, es la que provoca –entre otras cosas- hechos de tan lamentables consecuencias.


Por ello es que dentro de la “campaña” contra la impunidad y las arbitrariedades policíacas'', hemos propuesto al Gobierno del Estado y a la Procuraduría de Justicia, que se imparta un curso a las distintas corporaciones policíacas, utilizando el libro “Guía del policía”, del Lic. Miguel Sarre, editado por la Asociación Mexicana para las Naciones Unidas. Incluso les hemos hecho llegar un ejemplar. Allí se establece, en base a la Constitución, cuándo puede detenerse a alguien, quedando descartado por supuesto, la detención para “investigar”: “o por ser sospechoso”, las cuales son privaciones ilegales de la libertad, y por lo tanto, son delito.


Igualmente se especifican las reglas básicas para el uso de armas de fuego, por parte de los cuerpos policíacos:

1.- Las armas de fuego deben considerarse como defensivas.

2.- No se deben disparar las armas de fuego como señal de advertencia.

3.- Las armas de fuego, como regla general, no deberán ser empleadas para arrestar a una persona que sea responsable únicamente de faltas administrativas (lo cual no se sucedió en este caso). '

4.- Cuando el presunto responsable de un delito esté huyendo (que tampoco es el caso que nos ocupa), el personal de la policía no deberá dispararle, a menos que tenga fundada razón para creer que en ese momento la conducta de aquél amenaza con causar graves daños, sea al propio agente o a terceras personas.


También se señalan los derechos del policía. Uno de ellos le fue negado a Mario Jalomo Rodríguez: El derecho a la capacitación legal, técnica y humana para el mejor desempeño de sus funciones.

Ahora sólo resta esperar a que las autoridades consideren seriamente, y lo más pronto posible, la propuesta presentada. Y que en este caso no prevalezca la impunidad.


Por nuestra parte, el pasado 14 de diciembre repartirnos alrededor de 1,000 cartillas sobre los derechos y deberes del policía, a igual número de elementos de la Policía Municipal, Protección Social, y Policía Judicial del Estado, en sus propias manos. En dicha cartilla se especifican las reglas básicas para el empleo de armas de fuego.


(Artículo publicado en el periódico Pulso)


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